El libro de De la Espriella: cuando proponía paz sin cárcel para jefes de las FARC

En 2015, Abelardo de la Espriella tenía una visión clara sobre la paz y la justicia transicional en Colombia. Escribió un libro auto-publicado al respecto. Encontramos un ejemplar. Lo que el nuevo presidente propuso allí difiere notablemente de lo que dice ahora, incluyendo que los miembros de las antiguas FARC vayan a la cárcel, cuando hace diez años defendía que se les concediera la libertad.

Portada y contraportada del libro de Abelardo de la Espriella «La salida jurídica del proceso de negociación con las FARC» (2015), sobre un fondo con la bandera de Colombia; se ven su retrato, su biografía y un fragmento destacado sobre la pena y la privación de libertad.
El libro publicado en 2015 por Abelardo de la Espriella, el nuevo presidente de Colombia. Photo : CLIP / Justice Info
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Al poner la justicia transicional colombiana y el acuerdo de paz de 2016 en el centro de una de sus primeras ‘alocuciones’ la semana pasada, el presidente electo Abelardo de la Espriella anticipó lo que podría ser uno de los primeros campos de batalla de su gobierno. Llamó a su brazo judicial, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), un “disfraz de tribunal” que “pretende lavar los crímenes” de las antiguas FARC y sugirió que “los criminales tienen instituciones a su disposición”.

También cuestionó que Rodrigo Londoño, el último comandante en jefe de esa guerrilla, condenado el año pasado por la JEP por crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, recibiera un permiso del tribunal especial para asistir a un foro en España. “Ese bandido de Timochenko merece estar preso de por vida. Voy a trabajar en ello”, dijo, usando el nombre de guerra de Londoño, antes de añadir que “ningún formalismo aparente puede esconder que los crímenes de guerra y contra la humanidad de los jefes de las FARC siguen impunes”.

Hace once años, cuando ya era un mediático abogado penalista, De la Espriella defendió un tratamiento mucho más benévolo que el que estableció el acuerdo de paz para quienes fueran juzgados como máximos responsables de crímenes atroces, incluyendo que cumplieran con su sanción en libertad. En un libro titulado ‘La salida jurídica del proceso de negociación con las FARC’, que publicó en 2015 su bufete De la Espriella Lawyers Enterprise y que casi no circula, lanzó propuestas que contradicen sus posturas actuales y que serían anatema para sus bases políticas hoy.

En el libro, del que hay una copia en la Biblioteca Nacional, De la Espriella propuso que los culpables de crímenes graves pudieran incluso cumplir sus penas por fuera de Colombia. También que el acuerdo de paz debe ser de obligatorio cumplimiento para todo el Estado y que los grupos de crimen organizado herederos del paramilitarismo -las famosas bandas criminales o ‘bacrim’- deberían tener acceso a medidas de justicia transicional dado que el Estado colombiano no les garantizó medidas suficientes de reinserción, un argumento similar al del saliente presidente Gustavo Petro en su política de ‘paz total’ al abrir diálogos con grupos como el Clan del Golfo o las disidencias de las FARC que abandonaron el acuerdo de paz.

Las “salidas jurídicamente viables” al conflicto del presidente electo

En julio de 2015, cuando los equipos negociadores del gobierno y las FARC llevaban tres años negociando y cumplían un año empantanados en la discusión del punto de víctimas y justicia transicional, De la Espriella publicó el libro con el que -como dice la contraportada- “busca contribuir, desde un enfoque jurídico y legal, a la solución de un conflicto armado que, a su juicio, carece de sentido”.

En esa edición de pasta dura, publicada por su bufete legal De la Espriella Lawyers Enterprise, el abogado penalista desarrolla -en palabras de su prologuista, el ya fallecido penalista Juan Fernández Carrasquilla- “la muy afirmativa tesis de que sí hay vía, sin necesidad de incurrir en posturas de penalización a ultranza que podrían frustrar el proceso hacia los acuerdos de paz o en algún momento dar resultados sociales contraproducentes”. Es más, añade, “está claro que el modelo que se adopte con las FARC-EP tendría que servir también para ulteriores intentos de paz con el ELN”.

Muchos de los puntos que De la Espriella le critica hoy a la JEP y al acuerdo de paz firmado por el gobierno de Juan Manuel Santos, pero incluso a la fallida política de ‘paz total’ de Petro, coinciden o se asemejan a ideas que él defendió con vehemencia en el texto que hoy solo parece estar disponible en la Biblioteca Nacional que conserva el depósito legal de todos los libros editados en el país.

De hecho, recogió varias de esas ideas en el subtítulo que adorna la portada, justo encima de su nombre y de una foto de guerrilleros formados de espaldas: ‘reinserción, alternatividad penal, participación en política y garantía de no repetición’.

A lo largo de sus 120 páginas, el hoy presidente electo defendió, cuando aún no se sabía cómo sería el modelo colombiano, que “la implantación de mecanismos de justicia transicional es, dentro del marco colombiano, una oportunidad para materializar beneficios jurídicos y sociales que permitan generar paz y generosidad, sin alterar la esencia de las exigencias internacionales y los derechos humanos”.

P.22

Para lograrlo, sugirió recurrir a “normas penales tanto sustanciales como procesales que implican un tratamiento más benigno que el ordinario”, incluyendo “penas más bajas, permitir la libertad condicional y/o reconocer descuentos punitivos”.

P.114

“La pena no necesariamente debe cumplirse en un establecimiento carcelario”

De la Espriella argumenta que, si bien no hay lugar para las amnistías por los crímenes más graves y el Estado colombiano tiene obligaciones nacionales e internacionales de investigar, juzgar y sancionar los crímenes más graves cometidos en medio siglo de conflicto armado, no existe ninguna regla internacional que dictamine cuál debe ser la pena para quienes los cometieron.

Esa realidad jurídica es la que llevó al gobierno Santos a tramitar el Marco Jurídico para la Paz que hizo viable la negociación con las FARC en La Habana y a acordar con la guerrilla un sistema de justicia transicional centrado en los máximos responsables de dichos crímenes y en la satisfacción de los derechos de las víctimas.

La lógica del modelo que hoy funciona es que, en la medida en que esos ex guerrilleros o militares admiten su rol, cuentan la verdad y reparan a sus víctimas, pueden recibir una sanción 5 a 8 años de ‘restricción efectiva de la libertad’ – un entorno que no es la cárcel, pero que debe implicar una limitación de sus derechos y de sus movimientos (un requisito del acuerdo que todavía no ha sido aterrizado del todo por la JEP).

Aunque hoy habla de “presos de por vida”, en su libro el nuevo presidente decía que no tiene que ser cárcel. “La privación de la libertad no es la única forma de hacer justicia”, escribió. “La pena no necesariamente debe cumplirse en un establecimiento carcelario. El condenado podría cumplirla incluso encontrándose en libertad, a través del desarrollo de actividades laborales que permitan su reinserción y/o su vinculación a un programa de reinserción social”, añadió en otro pasaje.

P.39
P.120

Pero De la Espriella fue mucho más allá del modelo del acuerdo de paz: en su visión, era posible que “el mayor descuento propuesto surge de la mano del cumplimiento de la pena y, en adición, de la posibilidad de libertad para ello”.

En otro pasaje dijo que “puede operar la libertad en forma en condena de ejecución condicional y, de ese modo, se cumplirían las exigencias relativas a investigación, juzgamiento y sanción de la grave criminalidad, toda vez que la privación de la libertad no es la única sanción que puede establecerse”.

Con mayor énfasis, y en negrilla, argumentó que “la posibilidad de cumplir la pena en libertad modifica el axioma de que la única pena resocializadora es la privativa de la libertad”.

P.97

En contravía con su ataque a la JEP por el permiso de Londoño de viajar a Madrid, en su libro hace una década De la Espriella proponía que la pena podría incluso cumplirse de preferencia en un país distinto a Colombia. “Se propone incluir, como parte del cumplimiento de la pena alternativa, que la misma se cumpla fuera del país para que los desmovilizados puedan aprender diversos oficios que les generen fuentes de trabajo lícito”, escribió.

P.100

Es decir, un tratamiento más beneficioso del que fue acordado en La Habana en 2016.

“Contar la verdad [y] solicitar el perdón de manera pública”

El De la Espriella escritor no solo estaba de acuerdo con la posibilidad de fijar penas alternativas, sino también de imponer requisitos a los perpetradores como condición para otorgarles una pena más leve – algo similar a lo que el acuerdo de paz llama el ‘régimen de condicionalidad’.

“Podría exigírseles el cumplimiento de las siguientes obligaciones para acceder a los beneficios que se establezcan: contar la verdad [y] solicitar el perdón de manera pública”, dijo en un apartado. El perdón público, elaboró en otro, ayuda a “crear una consciencia colectiva de la necesidad de no repetición de las conductas delictivas”. También imaginó una comisión de la verdad que reuniera información sobre secuestros y desapariciones forzadas, que permita en sus palabras el “reconocimiento de la verdad total, dura, compleja, libre de maquillajes”.

La ventaja de estas condiciones, según De la Espriella, es clara. “El cumplimiento de tales obligaciones permitiría a las víctimas sentir que su dolor es reconocido, al tiempo que operaría como mecanismo preventivo para que no vuelva a ocurrir los sucedido, pues se posibilita al autor o partícipe de tales hechos el tomar conciencia del daño causado”, escribió.

P.37

Para los miembros de las FARC, además de dejar las armas y desmovilizarse, el ahora presidente electo añadía otras posibles condiciones como entregar a todos los secuestrados en su poder, aportar información sobre quienes hubiesen muerto durante el cautiverio y desvincular a los menores de edad en sus filas.

Las condiciones de verdad y perdón no aplicarían solamente para la guerrilla sino también para los militares. Para ellos, De la Espriella propuso un “régimen especial” mediante el cual “se tendría en cuenta que el delito cometido con ocasión del conflicto podría tener un tratamiento especial”.

Es decir, algo similar a lo que previó el acuerdo de paz y viene haciendo la JEP, que en aras del principio de simetría ha imputado a 200 ex integrantes de la Fuerza Pública, ha declarado no máximos responsables a 3.271 y ya le resolvió la situación jurídica, mediante la renuncia de la persecución penal, a 605 de ellos. A más de 2.000 de ellos les ha otorgado beneficios penales similares a los ex guerrilleros, incluyendo la libertad condicional y privación de la libertad en unidades militares. Ese es un punto del que De la Espriella no se ha apartado como candidato ni como presidente electo, pero que ha sido un caballito de batalla histórico de sus ahora aliados políticos del uribismo, como el ex presidente Álvaro Uribe y la excandidata presidencial Paloma Valencia.

Asimismo, la JEP sentenció a Londoño y toda la última cúpula de las FARC tras una investigación de tres años que documentó 21.396 mil secuestros cometidos por esa guerrilla e imputó a toda su última cúpula. Los siete ex miembros del Secretariado han reconocido su responsabilidad, pedido perdón a sus víctimas y aportado información sobre muchos de esos plagios, condiciones necesarias para que recibieran sanciones de 5 a 8 años en un entorno no penitenciario en línea con el acuerdo de paz. En total, la JEP ha acusado a 104 ex guerrilleros.

Es cierto que la propuesta de De la Espriella no contemplaba un tribunal especial que operara durante 15 años, como es el caso de la JEP, sino que imaginaba todo este procedimiento en la justicia ordinaria, en la que los abogados penalistas como él tienen un papel protagónico en ayudar a sus clientes a negociar un tratamiento penal a cambio de información o entrega de activos. Se asemeja más, en ese sentido, a la lógica de los acuerdos de culpabilidad o ‘plea bargains’ comunes en la justicia de Estados Unidos.

En todo caso, estaba lejos de la visión de prisión perpetua para ex guerrilleros que hoy dice defender.

Image du président de la Colombie, Abelardo de la Espriella.
Entre les Entre las posturas que defendía en 2015 y las que ha defendido durante su campaña de 2026, sigue siendo incierta la política que llevará a cabo el nuevo presidente electo de Colombia, Abelardo de la Espriella (aquí, en julio de 2026), en materia de justicia transicional y de aplicación del acuerdo de paz. Photo : © Jaime Saldarriaga / AFP

“Es importante incluir beneficios para que las Bacrim se reincorporen”

El De la Espriella de hace una década proponía no solo incluir a las guerrillas y los militares que cometieron crímenes en el modelo de justicia transicional. También defendió que incluyera a quienes se reciclaron en la guerra bajo nuevas identidades, como las ‘bacrim’ que dejaron Justicia y Paz para convertirse en grupos de crimen organizado a mediados de los 2000s. En sus palabras, “es importante incluir beneficios para que las Bacrim se reincorporen”.

P.110

En su visión, lograr la paz implicaba desmantelar las estructuras económicas que perpetúan el conflicto y, por ello, “si el interés general es lograr la paz como forma de vida, no resultaría acorde con los criterios de igualdad (…) excluir algún grupo al margen de la ley”. Es por esto que, señaló, se necesita “generar desmovilización y reinserción sin discriminación”.

p.109

Lo curioso es que en ese momento De la Espriella pareció trasladar la responsabilidad por la decisión de las bacrim de rearmarse al Gobierno, por haber liderado procesos de reinserción, a su juicio, fallidos. En un apartado los describió como “quienes habiendo sido miembros de grupos que participaban en el conflicto no encontraron mecanismos reales de reinserción y, como consecuencia de ello, volvieron a delinquir”.

P.117

En otro pasaje señaló que “el Estado colombiano se encuentra obligado a adoptar medidas conducentes al desmantelamiento de los grupos armados ilegales surgidos luego de las desmovilizaciones llevadas a cabo a partir de marcos jurídicos que no cumplieron con la finalidad de reinserción real”. No explicitó cuáles.

P.110

Lo paradójico es que la idea de atribuir al Estado la culpa por el rearme de las bacrim es muy parecido al argumento que ha usado Petro para justificar nuevos procesos de negociación política con las disidencias de las FARC. Contrario a la que ha sido una de las banderas de su campaña en 2026, de someter a los grupos criminales, el De la Espriella abogado parecía defender en 2015 negociar con todos, incluso con quienes habían traicionado el proceso de desarme al volver a delinquir, o incumplieron con las condiciones de justicia transicional de Justicia y Paz.

“Lo dispuesto en el acuerdo de paz debe ser claro y obligatorio para toda autoridad”

Uno de los debates más álgidos sobre el acuerdo de paz fue la decisión de darle fuerza constitucional de manera que no fuese bandera de un solo gobierno, sino una política del Estado que se cumple atravesando varios.

Ese punto, uno de los que más rechazaron los sectores políticos opuestos al acuerdo, es uno de los que De la Espriella defendió con mayor vehemencia en su libro publicado apenas un año antes del referendo en que ganó el ‘no’ por 54 mil votos.

“La necesidad de cristalizar el acuerdo de paz implica que lo dispuesto en él debe ser claro y obligatorio para toda autoridad, por lo cual se requiere una disposición que así lo ordene”, escribió. En su visión, la “seguridad jurídica” emanaría de que lo acordado tenga un “carácter prevalente e inderogable”.

P.47

De la Espriella llamó “responsabilidad en el cumplimiento” lo que en el proceso de paz se llamó “blindarlo jurídicamente”. En sus palabras, “si el acuerdo contempla lo dispuesto por el derecho internacional y concreta la paz que fundamenta el orden constitucional, las obligaciones que impone su observancia deben ser cumplidas de buena fe, sin que ninguna autoridad pueda invocar norma alguna para contrariarlo”.

P.43
P.44

De ahí, explicó, “la obligación de acatar por completo lo allí contenido [que] será vinculante para toda autoridad” y “no podría ser modificado ni adicionado”. De este modo, argumentó, “se evitarían interpretaciones extensivas o contrarias que, para el caso concreto, sería lesiva de las garantías de estabilidad jurídica y reinserción sin repetición”, quizás evocando los cambios que hizo la Corte Constitucional a las penas alternativas en el mecanismo transicional de Justicia y Paz con los paramilitares durante el gobierno de Álvaro Uribe, que el nuevo presidente defendió públicamente. En este punto De la Espriella también va más allá que el acuerdo de paz.

P.76

Esa insistencia en que “el Estado es responsable frente a toda la sociedad en lo que respecta a dar cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política [y] el acuerdo de paz” cobra importancia ahora que, igual que el gobierno de Iván Duque antes de él, De la Espriella parecería querer diluirlo.

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Antes los citaba, ahora quiere retirarse de ellos

De manera más amplia, en su libro De la Espriella se presentó como defensor del derecho internacional. Citó con frecuencia el Estatuto de Roma que dio pie a la Corte Penal Internacional y las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos o el Tribunal Penal para la antigua Yugoslavia, e incluso opiniones menos vinculantes -conocidas como soft law- como resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas o del Comité de la ONU contra la Tortura.

Esto no sería sorprendente en un abogado penalista si no fuera porque una década después una de sus banderas de campaña fue retirar a Colombia de Naciones Unidas y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA) - instituciones a las que describió como “directorios políticos de la izquierda que no han servido para nada”. Su canciller designado Omar Bula también ha vociferado decenas de teorías de conspiración sobre el supuesto ‘globalismo’ y ‘agenda anti-occidental’ de la ONU o el peligro para la democracia de la CIDH, que forma parte del Sistema Interamericano y refiere casos a la Corte.

La mayor paradoja es que el acuerdo de paz de 2016 cumple con los estándares que De la Espriella imaginaba en 2015, pero él no reconoce esos criterios - que no haya amnistías por crímenes atroces, que en efecto se investigue, juzgue y sancione los crímenes más serios, que las penas pueden ser menos severas y no carcelarias si se cumplen ciertas condiciones- en 2026.

Consultada por teléfono y por correo electrónico por estas contradicciones entre sus posturas como presidente electo y las que expuso en su libro en 2015, y cuándo cambió de opinión sobre ellas, la oficina de prensa de De la Espriella no respondió.

A una semana de que De la Espriella asuma el cargo, aún no está claro cuál será la política de su gobierno en justicia transicional e implementación del acuerdo de paz. Si bien su designado ministro de Justicia, el también penalista Iván Cancino, matizó esto al decir que “no es que queramos acabar la JEP”, el nuevo presidente la ha convertido en su blanco de críticas.

Esta es una investigación conjunta entre el Centro Latinoamericano de Investigación Periodística (CLIP), Justice Info y La Silla Vacía.

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